Para comenzar,el peticionario somete el formulario I-130 junto con un certificado
de nacimiento como comprobante de la relación familiar. Sin embargo, hay ciertas situaciones que pueden surgir en este proceso. Primero,puede ser que el padre o la madre del niño(a) no aparezca en el certificado de nacimiento. Segundo, puede ser que el certificado haya sido otorgado meses después del nacimiento del bebe. Tercero, puede ser que el certificado de nacimiento no exista. En cualquiera de estas tres situaciones, la embajada o la oficina de visas puede pedir evidencia (RFE) a través de una prueba legal de identidad por ADN. La prueba de Inmigración por ADN es el requisito para comprobar la relación familiar en este caso.

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